Política de Condiciones Laborales

El bienestar y satisfacción de nuestros empleados repercute directamente en la calidad del servicio que estos ofrecen.

Fomentamos entre el personal, y siempre que sea posible, el trato cercano con los clientes. Un trato cercano mejora la comunicación y facilita que la plantilla pueda convertirse en el perfecto embajador de la zona y la comunidad en la que se encuentra el establecimiento, fomentando el impulso de los locales o negocios cercanos.

Se ofrece la formación necesaria al personal en todas las materias que medicina industrial, salud ocupacional, normas oficiales vigentes obliga (riesgos laborales, manipulación de alimentos, etc.) de modo que puedan desempeñar su actividad profesional con seguridad.

 

H Ujueta S.A.S establece:

  • Jornadas de trabajo:

El horario de trabajo estipulado respeta el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 1o de la Ley 6a de 1981. La duración máxima es de cuarenta y ocho (48) horas a la semana. El personal labora 6 días semanales con un día de descanso.

  • Días de descanso

Por ley, a la semana se tiene derecho a un día de descanso por cada seis días de trabajo, además de los días de descanso obligatorios (conocidos como feriados).

  • Horas extras

Ningún trabajador tiene permitido a laborar horas extra.

  • Permisos y registros

Los empleados no deben abandonar sus labores antes de haber terminado la jornada diaria, a menos que tengan la autorización de su jefe inmediato mediante una notificación escrita, la solicitud debe ser entregada al área de Gestión Humana debidamente diligenciada.

Los permisos especiales autorizados son los siguientes:

  • Fallecimiento de cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, se da una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles. Ley 1280 de 2009 – Art. 1.
  • Por nacimiento de un hijo propio:
    • Padre: 8 días hábiles. Código Sustantivo del Trabajo.
    • Madre: 18 semanas. Ley 1822 de 2017.
  • Licencia de matrimonio: Permiso opcional de dos días.
  • Otros tipos de permiso de carácter personal y/o médico.

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